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El municipio de TÓRTOLES DE ESGUEVA, ha sido seleccionado como SEDE para la TERCERA FASE de la campaña “La Administración Cerca De Ti” para que personas mayores de edad, puedan obtener su Certificado de persona Física de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) de forma rápida, sencilla y completamente gratuita directamente en su dispositivo móvil.
Lo único que deberán presentar es alguna forma de identificación personal como DNI, en caso de ciudadanos españoles o pasaporte en el caso de extranjeros(1).
La fecha programada para el evento es el MARTES, 30 DE SEPTIEMBRE de 10 a 14h.
LOCAL: BIBLIOTECA
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INFORMACIÓN MUY INTERESANTE.
AYUDAS JUNTA DE CASTILLA Y LEON.
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PROGRAMA DE ACTOS VERANO CULTURAL VILLOVELA DE ESGUEVA
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NO dejes que tu jubilacion cierre tu negocio
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EN MARZO DE 2021 DECIDÍ CONOCER MÁS A
FONDO LA TEJERA DE TÓRTOLES DE
ESGUEVA (BURGOS) para visibilizar su
gran valor y que pueda conservarse
para las generaciones futuras.
INVESTIGUÉ SOBRE SU HISTORIA,
FUNCIONAMIENTO Y LA ARCILLA DE LA QUE
SE NUTRÍA PARA ELABORAR LAS TEJAS.
ESTE RECORRIDO HA SUPUESTO TODA UNA
AVENTURA Y APRENDIZAJE.
LO QUE ME PROPUSE REALIZAR EN ESTE
PROYECTO LO TERMINÉ EN JUNIO DE 2025 Y
LO MUESTRO BREVEMENTE EN ESTA
PRESENTACIÓN.
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Declarar, en concreto, la utilidad pública para el parque eólico Ampliación Tórtoles,
de 53,1 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en los términos
municipales de Tórtoles de Esgueva, en la provincia de Burgos, y Castrillo de Don Juan,
Cevico Navero, Villaconancio y Baltanás, en la provincia de Palencia, a los efectos previstos
en el citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
El objeto del proyecto es la construcción de un parque eólico para la generación de
energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en
el artículo 62.2.i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede
interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía
en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la presente
resolución.
Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme
a todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo
dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
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